ROSSETTI, OMAR ARTEMIO c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe confirmó la procedencia del reclamo de diferencias en haberes previsionales por parte del heredero del beneficiario fallecido y ordenó el pago de las diferencias, intereses y costas, tras analizar la legalidad del reajuste y la movilidad previsional.
- Quién demanda: Omar Artemio Rossetti, en carácter de heredero del causante fallecido, Omar Artemio Rossetti.
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste y pago de diferencias en haberes previsionales (jubilación y pensión) desde abril de 2006, incluyendo retroactivos, intereses y costas por una supuesta desproporción y falta de movilidad en los haberes previsionales, en particular tras la omisión de aplicar correctamente los porcentajes de aumentos establecidos por la ley 6915 y sus modificaciones.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró procedente el recurso y condenó a la Provincia a abonar las diferencias en los haberes previsionales, con intereses desde la interposición de la demanda (24.10.2014) o desde el reclamo administrativo (9.4.2008), según corresponda, en base a la revisión de los coeficientes sectoriales y la correcta aplicación del sistema de movilidad previsional, dejando en suspenso la cuestión de la razonable proporcionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se verificó que la demandada no respetó la movilidad legal en la variación de los haberes del causante, específicamente en marzo de 2007, donde el incremento aplicado fue del 20 % en lugar del 26 % correspondiente, generando una diferencia a favor del beneficiario. La jurisprudencia y normativa vigente sostienen que las variaciones en los haberes deben ajustarse según los coeficientes sectoriales y la evolución salarial del sector activo, y que la omisión de aplicar los aumentos porcentuales correctos implica un incumplimiento del sistema de movilidad previsional. La prueba aportada confirma que el sistema de traslado de haberes no fue respetado, y por ello corresponde reconocer las diferencias y condenar a la Provincia a abonarlas, con intereses desde las fechas señaladas, en los términos del fallo."
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