BONADUCCI, CARLOS JESUS s/ ABUSO DE ARMAS
La Cámara de Apelaciones de Rosario confirmó la condena a Bonaducci por abuso de armas. El tribunal consideró que la pena de un año y seis meses de prisión condicional fue adecuada y fundamentada en la gravedad del hecho, la modalidad y las circunstancias del delito, manteniendo la sentencia de primera instancia.
Actor: La Fiscalía, a través del recurso de apelación Demandado: Carlos Jesús Bonaducci Objeto: Modificación de la pena impuesta, solicitando que se eleve a dos años y seis meses de prisión efectiva y que la modalidad sea de cumplimiento efectivo Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos, rechazando la apelación fiscal
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la proporcionalidad de la pena impuesta, señalando que "todo Tribunal al imponer una pena debe velar por no afectar principios de jerarquía superior, teniendo en cuenta no sólo los límites y criterios de cuantificación previstos por la norma en la escala penal de la figura delictual elegida sino también las pautas de mensuración reguladas en los artículos 40 y 41 del Código Penal". La sentencia de primera instancia, que impuso un año y seis meses de prisión condicional, se fundó en la naturaleza de la acción, la modalidad de su ejecución, las consecuencias y daños derivados, y la gravedad del hecho, considerando además la ausencia de antecedentes condenatorios y la participación activa del acusado en los disparos. La Cámara consideró que la valoración de las circunstancias, incluyendo el uso de arma de fuego y la potencialidad de causar daño grave, justificaba la pena impuesta. Además, subrayó que la víctima no apeló ni cuestionó la sentencia, lo que refuerza la justedad de la resolución. La modificación solicitada por la Fiscalía, que pretendía una pena mayor y en modalidad de cumplimiento efectivo, fue considerada improcedente, ya que "la pena escogida luce justa y proporcional, tanto en su monto como en su modalidad de cumplimiento". Se destacó que la decisión fue acompañada por los votos de los jueces Gustavo Salvador, Alfredo Ivaldi Artacho y Guillermo Beltramone, quienes coincidieron en la confirmación del fallo. La sentencia de primera instancia fue en línea con los principios de proporcionalidad, culpabilidad y fundamentación adecuada, en concordancia con la normativa y la jurisprudencia aplicables.
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