A., P. A. s/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR SER COMETIDO EN PERJUICIO DE UNA NIÑA MENOR DE EDAD APROVECHANDO LA SITUACION DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE Y POR SER ENCARGADO DE LA GUARDA
La Cámara de Rosario confirmó parcialmente la condena de 20 años de prisión a un imputado por delitos de abuso sexual agravado, modificando la calificación legal y elevando la pena a 30 años, en atención a la gravedad de los hechos y sus consecuencias.
- Quién demanda: Los representantes del SPPDP, MPA y CAJ (recurren en apelación contra la sentencia).
¿A quién se demanda?
J. P. A. A. (imputado condenado por delitos de abuso sexual).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La modificación de la calificación legal de los hechos y el aumento de la pena.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la condena y modificó la calificación legal de los delitos, elevando la pena a treinta años de prisión efectiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que la interpretación de la ley penal vigente al momento del hecho, en particular del art. 119 del Código Penal, debe seguirse en su interpretación restrictiva, en línea con precedentes jurisprudenciales y principios constitucionales. La modificación del núcleo del tipo penal en 2017 (ley 27352) no retrotrae la aplicación a hechos anteriores, pero sí permite encuadrar los hechos en la figura de abuso sexual con acceso carnal en los casos en que la víctima era menor y se probaron hechos de penetración digital. Se valoró la gravedad y prolongación en el tiempo de los abusos, así como el daño psicológico y físico a las víctimas, justificando la elevación de la pena a 30 años de prisión. La decisión también reconoció la vulnerabilidad de las víctimas y la extensión del daño psíquico. Votos disidentes: No se registran disidencias relevantes en los fundamentos; solo la abstención del Dr. Llaudet por compartir los votos precedentes.
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