DIANA, RICARDO ALFONSO s/ ENCUBRIMIENTO POR FAVORECIMIENTO REAL AGRAVADO POR TRATARSE EL HECHO PRECEDENTE DE UN DELITO GRAVE
La Cámara de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia y redujo la pena a Ricardo Diana, estableciendo un año de prisión condicional por encubrimiento agravado, tras analizar las pruebas balísticas y la valoración probatoria en un contexto de dudas razonables.
Actor: Ricardo Alfonso Diana (imputado) y la Fiscalía (en recurso de apelación). Demandado: La sentencia de primera instancia que condenó por encubrimiento agravado. Objeto: La revisión y posible modificación de la pena y la declaración de responsabilidad penal. Decisión: Se confirma la condena en cuanto a la materialidad y responsabilidad, pero se reduce la pena a un año de prisión condicional, con reglas de conducta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal valoró que la prueba balística, consistente en once vainas servidas calibre 38 halladas en el domicilio de Diana y su correspondencia con la evidencia en la escena del crimen, resultó suficiente para sostener la responsabilidad por encubrimiento. Sin embargo, la relación entre esas vainas y el homicidio es cuestionada por la existencia de un solo disparo en el hecho, y la diferencia de tiempo entre el homicidio y el hallazgo de las vainas, generando dudas sobre la implicancia en el delito principal. La valoración probatoria, junto con el análisis del plazo razonable y la conducta del imputado, llevó a la reducción de la pena a un año condicional. La sentencia también consideró que no existieron vicios procesales ni violaciones a garantías constitucionales que ameriten nulidad.
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