R., N. A. s/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO -NULIDAD Y APELACION RESOLUCION PRISION PREVENTIVA Y DE ANTICIPO JURISDICCIONAL DE PRUEBAS
La Cámara de Santa Fe confirmó la decisión de mantener la prisión preventiva y la declaración en Cámara Gesell en un caso de abuso sexual agravado, argumentando que la medida fue fundada en elementos probatorios y en la vulnerabilidad de la víctima, garantizando derechos constitucionales y principios procesales.
- Quién demanda: La defensa técnica del imputado N.A. R.
¿A quién se demanda?
La resolución del Juez Penal de Primera Instancia, en la ciudad de Reconquista, Dr. Santiago Banegas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad y la apelación contra la resolución que dispuso la prisión preventiva sin plazo y la declaración en Cámara Gesell de la víctima y otros menores, cuestionando la fundamentación y los procedimientos adoptados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones confirmó la legalidad y fundamentación de la fallo de primera instancia, rechazando los agravios por entender que la prisión preventiva y la declaración en Cámara Gesell estaban debidamente fundamentadas en la protección de la víctima y en la existencia de elementos probatorios suficientes. Argumentó que la conducta del imputado, la gravedad del delito, la situación de vulnerabilidad de la víctima y los informes psicológicos justificaron las medidas cautelares, en línea con la normativa procesal y constitucional. La defensa alegó que no existían pruebas suficientes y que la medida vulneraba garantías constitucionales, pero la Cámara consideró que las decisiones estaban fundadas en la valoración de la prueba y en la protección del interés superior de la víctima.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis de la causa y los informes psicológicos, junto con la denuncia de la víctima, sustentan la existencia de elementos de convicción suficientes que justifican la medida cautelar de prisión preventiva y la declaración en Cámara Gesell, en protección de la víctima vulnerable. La medida fue adoptada en cumplimiento de las garantías constitucionales y en línea con los principios de excepcionalidad, proporcionalidad y necesidad, conforme lo establecido en el Código Procesal Penal de Santa Fe." "Las circunstancias del caso, la gravedad del delito, la actitud del imputado y los informes periciales, configuran un riesgo concreto de entorpecimiento probatorio y de fuga, que justifica la continuidad de la prisión preventiva, sin que ello constituya una vulneración de garantías constitucionales, pues responde a un interés legítimo y constitucionalmente protegido."
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