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CONDE, LEONARDO ADRIAN Y BALBI, ALAN DAVID s/ ABUSO DE AUTORIDAD, VIOLACION DE SECRETOS POR ACCESO INDEBIDO A SISTEMA INFORMATICO DE ACCESO RESTRINGIDO AGRAVADO POR SER DE UN ORGANISMO PUBLICO O PROVEEDOR DE SERVICIOS ESTATALES, ENCUBRIMIENTO Y OMISION DE DENUNCIA

La Cámara de Apelación de Rosario confirma la resolución que mantiene la prisión preventiva de los imputados en la causa por encubrimiento y otros, modificando solo el plazo de la misma hasta la finalización de la audiencia preliminar, fundamentando la necesidad de cautelar riesgos procesales.

Medidas cautelares Peligrosidad Prision preventiva Encubrimiento Riesgos procesales Riesgo de fuga Investigacion compleja Investigacion conjunta Vinculacion delictiva Audiencia preliminar.


- Quién demanda: La defensa técnica de Conde Leonardo Adrian y de Balbi Alan David.

¿A quién se demanda?

La resolución del juez del colegio de jueces de primera instancia del 18/12/2023 que dictó la prisión preventiva de los imputados.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La modificación o rechazo de la prisión preventiva, y en su caso, la concesión de medidas alternativas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la resolución que dispuso la prisión preventiva, pero modifica el plazo, estableciéndolo hasta la finalización de la audiencia preliminar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el estado actual de la investigación y sin perjuicio de las probanzas que en expectativa tuvieran la virtualidad de modificar el cuadro convictivo actual, la prisión preventiva resulta la única medida cautelar neutralizadora de los riesgos procesales existentes." "Ningún contexto del derrotero del vehículo secuestrado en el country Las Carolinas pudo encontrarse en relación al vehículo con alguna actividad que no fuera suspecta o directamente ilícita." "El hallazgo de las llaves del vehículo junto al documento de su padre en el baúl del rodado sobre el que Balbi reconoce su propiedad, constituye un indicio que -a no dudarlo
- ostenta alta entidad convictiva y que su defensa no logra neutralizar en el estado actual de la investigación." "La investigación remite a conflictividad penal compleja y sensible que involucra un prófugo de alta peligrosidad y un funcionario policial con un rol insustituible en el abordaje de su resolución." "La prisión preventiva debe limitarse hasta la finalización de la audiencia preliminar, en atención a la dimensión temporal del encierro y a la naturaleza de la investigación." "La existencia de riesgos mayores y menores, en particular la peligrosidad del prófugo, la existencia de pruebas en curso y la potencial utilización del inmueble y vehículo en el marco del delito, justifican la continuidad de la medida cautelar." "La vinculación entre Conde y Balbi, a través de los testimonios y evidencias, sustenta la continuidad de la investigación conjunta, sin necesidad de desagregarla." "Por todo ello, la medida de prisión preventiva resulta proporcional y necesaria en el contexto actual, modificándose solo el plazo hasta la finalización de la audiencia preliminar."

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