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B., M. R. y S., H. D. s/ ROBO AGRAVADO POR EFRACCION DE VENTANA EN LUGAR HABITADO, ABUSO SEXUAL SIMPLE, AMENAZAS SIMPLES, HOMICIDIO SIMPLE Y LESIONES LEVES

La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia que condenó a los imputados por hechos de violencia en el marco de hechos tumultuosos en Rosario. La decisión se fundamenta en la valoración razonada de la prueba y la legalidad del procedimiento policial, ratificando las responsabilidades penales.

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- Quién demanda: La parte fiscal y las víctimas buscan confirmar la responsabilidad de los imputados en hechos de violencia, robo, abuso sexual y homicidio.

¿A quién se demanda?

A M. R. B., H. D. S., S., R., y R., en relación con los delitos de robo, abuso sexual, amenazas, lesiones y homicidio en diferentes momentos del 18, 23 y 24 de diciembre de 2020.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La fiscalía solicita la confirmación de las condenas, mientras que las defensas peticionan nulidades y absoluciones por dudas sobre la prueba, irregularidades en procedimientos y la existencia de legítima defensa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelación, tras analizar los agravios y la valoración probatoria, concluye que las pruebas y las circunstancias del hecho justifican la responsabilidad penal de los imputados. Se rechazan las nulidades y los planteos de legítima defensa, confirmando las condenas y la pena impuesta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El análisis de los elementos probatorios, incluyendo testimonios de víctimas, policías y testigos, así como las pruebas periciales, permite concluir que la responsabilidad de los imputados en los hechos se encuentra debidamente acreditada. La violencia desplegada en un contexto tumultuoso, con participación activa y conjunta, demuestra la existencia de un hecho único y organizado, sin que las defensas hayan logrado demostrar la legalidad del procedimiento policial o la existencia de causal de justificación que exima de responsabilidad. La valoración de la prueba y la legalidad del procedimiento policial, en particular la entrada sin orden en un lugar no considerado domicilio, han sido reconsideradas y ratificadas en la sentencia, sin que exista arbitrariedad. La pena aplicada responde a la gravedad del hecho y la culpabilidad de los responsables, en el marco de una valoración racional y fundada."

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