CHARA, FABRICIO MANUEL s/ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena de ocho años de prisión para Fabricio Manuel Chara por el delito de Robo calificado por uso de arma de fuego, evaluando la prueba y los agravios de la defensa, y manteniendo la pena impuesta por el tribunal de primera instancia.
- Quién demanda: La defensa de Fabricio Manuel Chara
¿A quién se demanda?
La sentencia de primera instancia que lo condenó por robo calificado
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La impugnación de la valoración probatoria, la participación del acusado y la pena impuesta
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, la condena y la pena de ocho años de prisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De acuerdo al material probatorio recabado y reproducido en juicio, la Dra. Aguirre ha efectuado un correcto estudio y valoración del mismo, que dio como resultado el arribo a la sentencia condenatoria aquí atacada. Las críticas al análisis efectuado por la jueza a quo resultan incorrectas, ya que desde la sana crítica racional, con los elementos reunidos no puede arribarse a una conclusión distinta a la de la magistrada, recordando que no existe en nuestro sistema una prueba tasada o legal, que impide arribar a conclusiones fragmentadas que no se compadecen con el real devenir de los sucesos, según las reglas de la lógica y la experiencia." "El relato de la víctima luce espontáneo, claro y detallado, y fue capaz de reconocer al imputado cuatro meses después del hecho en la vía pública, entre otros sujetos, por características esenciales y un tatuaje en la frente. La valoración de la prueba por parte del tribunal de primera instancia fue adecuada y fundamentada, sin arbitrariedad." "Respecto a la participación del acusado, los indicios que abonan la certeza de su autoría, como la cercanía de su domicilio al lugar del hecho y el reconocimiento de la víctima, resultan suficientes. La falta de secuestro del arma o de prueba material no altera la certeza de la participación, dado el resto de la evidencia valorada." "En cuanto a la pena, la magistrada ponderó las circunstancias agravantes, como la indefensión de la víctima y la modalidad delictiva, y las circunstancias atenuantes, concluyendo en una pena adecuada y proporcional, que la defensa no logra demostrar que sea excesiva o injustificada." "Por todo ello, la decisión de confirmar la sentencia se ajusta a derecho, valorando correctamente la prueba y las circunstancias del hecho."
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