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BURATTI, LEANDRO FABIAN Y OTROS c/ SANMARTINO, MARIA ADRIANA Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe casó parcialmente la sentencia y modificó la decisión respecto a la actualización del límite de cobertura de seguros voluntarios, proponiendo un incremento proporcional basado en parámetros de la Superintendencia de Seguros de la Nación, en función de la depreciación monetaria y principios de buena fe.

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- Quién demanda: Las compañías de seguros TPC Compañía de Seguros S.A. y SMG Compañía de Seguros S.A.

¿A quién se demanda?

Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La inaplicabilidad del límite de cobertura establecido en las pólizas, por considerarse desproporcionado e inconstitucional, y la actualización del límite de cobertura histórico pactado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró parcialmente procedentes los recursos y casó la decisión que remite a un límite de cobertura vigente para seguros obligatorios de automotores, proponiendo en su lugar que los límites históricos reciban un incremento proporcional al que tuviera entre la fecha del hecho dañoso y la fecha de pago, según la Póliza Básica del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de la SSN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia impugnada remite a límites de cobertura vigentes en seguros obligatorios de automotor, lo cual resulta inapropiado en el caso de seguros voluntarios de responsabilidad civil en salud. La Cámara argumenta que en tales seguros, el límite de cobertura debe ajustarse por la depreciación monetaria y la inflación, pues la suma asegurada original ha perdido valor de modo ostensible, constituyendo un ejercicio abusivo del derecho y un incumplimiento del principio de buena fe. Cita precedentes como "Gorosito", "Alonso" y "Martínez" que establecen que la inalterabilidad del límite de cobertura en seguros voluntarios, en contextos inflacionarios y de depreciación monetaria, resulta irrazonable y puede vulnerar derechos constitucionales, por lo cual corresponde modificar la decisión de origen y actualizar los límites históricos en proporción al incremento del valor de la moneda y las parámetros de la SSN. Además, se señala que la remisión a límites vigentes para seguros obligatorios no es aplicable en este caso, y que la actualización debe hacerse en función de la evolución de dichos límites, ajustando así la protección del asegurado y evitando un enriquecimiento indebido de la aseguradora.

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