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ROMERO, NORMA BEATRIZ Y OTROS c/ METROVIAS S.A. s/INDEMN. POR FALLECIMIENTO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirma en parte la sentencia de primera instancia, modificando aspectos relativos a la actualización de intereses y costas, y mantiene la condena a MetroVías S.A. por indemnización por fallecimiento y otros conceptos laborales.

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¿Quién es el actor?

NORMA BEATRIZ ROMERO (beneficiaria conviviente del fallecido) y Victoria Benítez Insaurralde (cónyuge separada de hecho)

¿A quién se demanda?

MetroVías S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por fallecimiento del trabajador Walter Ariel Cellana, y conceptos laborales (SAC y vacaciones no gozadas).

¿Qué se resolvió?

Se condenó a MetroVías S.A. a pagar $924.033,75 por indemnización por fallecimiento y $166.279,57 por conceptos laborales, con actualización por IPC y interés del 3% anual. La apelación de la demandada fue en parte rechazada, confirmando la actualización y las condenas, y dejando sin efecto la capitalización de intereses. La apelación de la perito contadora por honorarios fue rechazada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La demandada se queja por la forma de actualización del capital y los intereses. Sostiene que la actualización dispuesta mediante el índice IPC más una tasa pura, con una única capitalización a la fecha del traslado de la demanda, arroja resultados desmedidos y desproporcionados en perjuicio de su patrimonio. Objeta la declaración de inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación, citando jurisprudencia en aval de su postura. Peticiona que se apliquen intereses no confiscatorios y que se considere lo normado por el art. 771 del CCyCN. Además, objeta por altos los honorarios de la parte actora y la perita." "La Sala argumenta que en el contexto inflacionario del país, la implementación del mecanismo de actualización con IPC y tasa del 3% anual es razonable y justa para proteger el derecho de propiedad de los créditos indemnizatorios. Se confirma la declaración de inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928 y se ratifica que la actualización del capital por IPC más interés del 3% no es excesiva, incluso más alta que tasas avaladas por jurisprudencia. La capitalización de intereses a la fecha de notificación se modifica, dejando sin efecto la capitalización dispuesta en grado."

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