GONZALEZ, JUAN MANUEL c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RATIFICACION DE MEDIDA CAUTELAR- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe admite la queja contra la resolución que ratificó una medida cautelar que impide el nombramiento de Cecilia Anabella Pollini como Juez Comunitario, considerando que la impugnación presenta gravedad institucional y posible violación de la división de poderes.
- Quién demanda: Cecilia Anabella Pollini (tercera coadyuvante)
¿A quién se demanda?
Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 y la resolución de ratificación de la medida cautelar
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que ratificó la medida cautelar que impide su nombramiento, alegando violaciones constitucionales y gravedad institucional
¿Qué se resolvió?
La Corte admitió la queja, concedió el recurso y ordenó la elevación de los autos para su trámite, considerando que la impugnación presenta fundamentos suficientes para su análisis, y que la resolución cuestionada afecta la división de poderes y constituye un caso de gravedad institucional
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis de la queja revela que la impugnante invoca que la decisión judicial le genera un gravamen de imposible reparación ulterior y que existe una gravedad institucional en la afectación de la división de poderes, lo cual supera los requisitos del artículo 3 de la ley 7055. La Corte observó que, si bien la resolución impugnada es una medida cautelar, su impacto en derechos constitucionales y en la estructura institucional amerita su revisión en esta instancia de excepción. La jurisprudencia de esta Corte respalda que las medidas cautelares de relevancia institucional o constitucional pueden ser sometidas a control mediante la vía de la queja." "Asimismo, la impugnante presenta un planteo con fundamentos que, en su conjunto, parecen suficientes para justificar la apertura de esta instancia, sin que aún se analice la procedencia de fondo. La Corte concluye que la queja cumple con los requisitos de gravedad institucional y afectación de la división de poderes, por lo que corresponde admitirla y conceder los recursos." "Por ello, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia resuelve admitir la queja, conceder los recursos interpuestos, y ordenar que por Presidencia se eleve la causa para su trámite."
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