VAZQUEZ, RICARDO RAUL c/ SUCESORES DE FORZANI LEANDRO Y OTROS s/ COBRO DE PESOS LABORAL
La Cámara de Rafaela revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, exceptuando la condena a Sucesores de Forzani Leandro S.A. por deudas posteriores a la cesión del vínculo laboral y el rechazo de días trabajados en agosto y septiembre de 2016. La decisión se fundamenta en la valoración de las pruebas y la legalidad de las conductas de las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Rafaela analiza la sentencia del 4/12/2023 en un juicio laboral por cobro de pesos. La parte actora, Ricardo Raúl Vázquez, reclama salarios y otros rubros, mientras que los demandados, Sucesores de Forzani Leandro S.A. y Juan José Forzani, cuestionan el encuadramiento laboral, la justificación del despido, la legitimación pasiva y los rubros reclamados. La Sala revisa las cuestiones de nulidad, valoración de pruebas y legalidad del despido, concluyendo que:
- La nulidad del recurso de nulidad interpuesto por los demandados debe declararse, ya que no fundamentaron de modo autónomo su impugnación (art. 113 CPL).
- La relación laboral del actor fue correctamente encuadrada en la ley 26.727, dado que realizaba tareas de traslado de mercadería agrícola, y no en el CCT 40/89, conforme a la normativa y prueba rendida.
- La justificación del despido por abandono de trabajo está ajustada a derecho, dado que la negativa de registración por parte del empleador constituye injuria que justifica el autodespido.
- La responsabilidad solidaria de Sucesores de Forzani Leandro S.A. se limita a las obligaciones devengadas hasta la cesión, sin extenderse a obligaciones posteriores, por ausencia de fraude y mala fe.
- Los rubros de días trabajados en agosto y septiembre de 2016, horas extras, controles de descarga y otros, no fueron acreditados ni corresponden, por lo que se confirman los rechazos en primera instancia.
- La distribución de costas en primera instancia se ajusta a los porcentajes de 40% para el actor y 60% para los demandados, y en segunda instancia, en un 50% para cada parte, conforme a los montos y resultados parciales.
- La condena a Sucesores de Forzani Leandro S.A. por deudas posteriores a la cesión del vínculo laboral se revoca, por no haberse demostrado mala fe ni fraude.
- La condena a la parte actora en costas se mantiene en un 50% y 50% en segunda instancia.
- Se declara desierto el recurso de nulidad y se confirma en lo restante la sentencia de primera instancia, con las modificaciones señaladas.
FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
"De los propios términos de la demanda resulta materialmente imposible determinar la cantidad de horas extras que habría realizado el Sr. Vazquez y el monto que pretende por dicho rubro. Nótese que en el título 'PRO
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