Logo

G., M. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL G. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL-AMENAZAS-LESIONES DOLOSAS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de M. A. G., confirmando la validez del fallo que condenó al imputado a 16 años de prisión por delitos de amenazas, lesiones y abuso sexual; argumentando que los agravios carecían de fundamentación suficiente y que la decisión se ajustó a derecho.


- Quién demanda: Defensa de M. A. G.

¿A quién se demanda?

Tribunal Pluripersonal del Colegio de Cámara Penal de Apelación de la Primera Circunscripción Judicial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare la inconstitucionalidad de la resolución que confirmó la condena, alegando violaciones a principios constitucionales y derechos del debido proceso, y que se revoque la sentencia.

¿Qué se resolvió?

La Corte de Santa Fe rechazó la queja por infundada, confirmando la constitucionalidad y legalidad del fallo recurrido. La Corte consideró que los agravios no tenían sustento suficiente, que las respuestas de los tribunales inferiores estaban razonablemente fundamentadas y que la decisión de condenar se ajustó a las normas jurídicas aplicables. Además, se puntualizó que la defensa no logró demostrar que las decisiones hubieran vulnerado los derechos constitucionales invocados, y que las cuestiones planteadas consistían en disconformidad con la valoración de la prueba y la determinación de la pena. La Corte afirmó que los argumentos de la defensa se limitaron a una mera disconformidad con las resoluciones, sin presentar elementos que demuestren arbitrariedad o violaciones constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las postulaciones relacionadas con el desarrollo de la audiencia de apelación -achacando afectaciones al derecho de defensa-, carecen de adecuada fundamentación. Es que la recurrente, en sustento, se limita a un inespecífico relato sobre las directivas que le precedieron y su conducción, pretendiendo que se coartó su actividad profesional y por ende, derechos superiores. También menciona que la Cámara habría omitido resolver cuestiones allí introducidas y en un escrito ampliatorio. Mas prescinde de ilustrar cuál habría sido la concreta -e impropia
- restricción, la afectación al derecho de defensa como directa consecuencia y su decisividad para la solución de la litis." Además, se destaca que "las respuestas proporcionadas por los Magistrados abordaron las postulaciones aportando razones para rechazar que, en el plenario, se hubieran omitido elementos probatorios dirimentes... como también, aquellas relacionadas con el alcance otorgado a las declaraciones de las denunciantes, en contexto con la información que surgía de los relatos de familiares y profesionales... explicando, en cada supuesto, los marcos teóricos y principios que regían la labor de los Magistrados en tal faena." La Corte también resaltó que "las irregularidades en la apertura de los teléfonos celulares secuestrados y su valoración fueron consideradas por los tribunales en el marco de la valoración probatoria, sin que existiera arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucional

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar