MODESTINI, ENNIO Y OTROS c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ AMPAROS
La Cámara de Santa Fe confirmó la inadmisibilidad del recurso de amparo contra la sanción administrativa, señalando que la vía administrativa y contenciosa administrativa resultan más idóneas para dilucidar la cuestión, y que la afectación de derechos no justifica el uso del amparo.
- Quién demanda: Ennio Modestini y otros
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inadmisibilidad de su acción de amparo contra resolución administrativa que sanciona y afecta sus actividades en una empresa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó el recurso de nulidad y rechazó la apelación, confirmando la decisión de inadmisibilidad del amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que el recurso de nulidad no fue mantenido autónomamente y no se evidencian vicios en el proceso o en la sentencia atacada. La decisión del juez de primera instancia, que declaró inadmisible la acción de amparo, se fundamentó en que la materia es de naturaleza administrativo-constitucional, por lo que la vía adecuada es la contencioso administrativa prevista en la Ley N° 11.330. La Sala citó precedentes que destacan que el amparo es un remedio excepcional y que, en casos donde existen vías administrativas o contencioso administrativas eficaces, su uso resulta inapropiado. Además, se resaltó que la valoración de la legalidad de actos administrativos requiere análisis técnico y probatorio que exceden las facultades del amparo, y que el interés del actor en ejercer su actividad no se vulnera de forma que configure una situación de indefensión o pérdida de derechos constitucionales que justifiquen su utilización. La jurisprudencia citada enfatiza que la competencia para controvertir actos administrativos sancionatorios corresponde a la justicia administrativa, y que la elección del amparo debe ser reservada para casos de flagrante vulneración de derechos constitucionales, lo cual no se verificó en este caso.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: