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ORTIZ, FERNANDO JOSE s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO Y PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena de 20 años de prisión efectiva a Fernando José Ortiz por homicidio agravado con arma de fuego y portación ilegal de arma de guerra. La sala rechazó los agravios y avaló la valoración probatoria de la sentencia de primera instancia.

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- Quién demanda: Dr. César Pablo Ceragioli, en representación de Fernando José Ortiz.

¿A quién se demanda?

La sentencia N°170 del 22/11/2023 dictada por la Cámara de Rosario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La impugnación de la calificación legal del homicidio y la reducción de la pena.

¿Qué se resolvió?

La cámara confirma la condena de 20 años, considerando que la prueba acreditó la existencia del dolo directo en el disparo mortal, la conducta violenta previa y el uso de arma de gran poder. La defensa pretendía que el disparo fuera accidental y que se aplicara una calificación menos gravosa, pero la valoración probatoria confirmó la responsabilidad del imputado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia valoró adecuadamente las filmaciones, testimonios y peritajes que demostraron la intención homicida de Ortiz, quien disparó a corta distancia sin forcejeo ni intento de agresión a terceros. La declaración de Ortiz en juicio fue desestimada por la contradicción con las imágenes y peritajes, confirmando su comportamiento consciente y voluntario en el acto. La prueba pericial demostró que el disparo fue realizado a aproximadamente 70 cm, descartando la hipótesis de disparo accidental. La conducta del imputado, que no mostró arrepentimiento ni reparo, y el empleo de arma de gran poder justifican la pena de 20 años, dentro del marco legal y teniendo en cuenta agravantes como la nocturnidad, la violencia en grupo y la utilización de armas de alto poder. La Cámara también resaltó la posible participación de otras personas, pero la condena principal recayó en Ortiz. La pena fue considerada proporcional y adecuada a la gravedad del hecho, sin vulnerar principios de razonabilidad o proporcionalidad. Se dejó constancia de las reservas del Ministerio Público y la eventual responsabilidad penal de otros partícipes y testigos, en especial de Nolberto Alegre por falso testimonio.

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