Logo

KEARNEY, ESTEBAN c/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Superior de Santa Fe admitió la queja y concedió el recurso interpuesto por el actor contra la resolución que declaró improcedente su recurso de inconstitucionalidad en un caso sobre límites de propiedad y afectación del ancho oficial de la Avenida Eva Perón. El tribunal resolvió que la impugnación presenta argumentos con suficiente fundamentación para abrir la instancia de revisión excepcional.


- Quién demanda: Esteban Kearney

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Rosario y Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la resolución que declaró improcedente su recurso de inconstitucionalidad, por supuesta arbitrariedad en la interpretación del ancho oficial de la Avenida Eva Perón y la afectación de su derecho de propiedad.

¿Qué se resolvió?

La Corte admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando la devolución del depósito y la elevación de los autos principales, considerando que los argumentos del recurrente cuentan con suficiente asidero para abrir la instancia de excepción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las postulaciones del recurrente cuentan 'prima facie' con suficiente asidero en las constancias de la causa e importan articular con seriedad planteos que pueden configurar hipótesis de arbitrariedad con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia de excepción." "En efecto, la Cámara -por mayoría
- analizó que de los considerandos del Decreto N° 36577/68 el ancho oficial de 42 metros comprende el futuro aprovechamiento de la servidumbre de jardín y el retiro de edificación obligatorio de 10 metros, concluyendo que la línea municipal se ha establecido afectando y computando dentro del ancho oficial para el futuro, el aprovechamiento del retiro obligatorio y la servidumbre de jardín, fijando así la línea municipal y la separación entre el espacio público y el privado, lo que ha sido ratificado por la Ordenanza N° 5727/93." "Los cuestionamientos efectuados, sólo expresan la particular interpretación del compareciente con respecto a lo que entiende de las normas en juego, sin lograr evidenciar que la solución que propone deba imponerse en el caso." "Por ello, las alegaciones del recurrente -tal como han sido traídas a conocimiento de esta Corte
- no logran persuadir de que el criterio de imposición de los gastos causídicos adoptado por el A quo, adolezca de los vicios que le achaca, de modo que pueda dar lugar a alguna de las salvedades apuntadas 'ut supra', puesto que, del análisis del Acuerdo cuestionado se advierte que la conclusión a la que arribó la Cámara al decidir imponer las costas al vencido -conforme a la regla establecida en el artículo 24 de la Ley 11330
- 'La parte vencida será siempre condenada en costas'
- no se exhibe como infundada o notoriamente injusta." "En suma, la postulación del impugnante traduce la intención de renovar

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar