F., F. c/ V., M. J. s/ NULIDAD DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó parcialmente una sentencia y declaró procedente la nulidad del reconocimiento de paternidad por error en el acto, considerando que existía un error esencial en la voluntad del reconociente, y ordenó la inscripción del menor con el apellido materno. La decisión se fundamentó en que la situación probatoria demostraba un error en la voluntad del reconocimiento, afectando la validez del acto jurídico.
- Quién demanda: F. F.
¿A quién se demanda?
M. J. V.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad del reconocimiento de paternidad por error en la voluntad.
¿Qué se resolvió?
Revocación parcial de la sentencia y declaración de procedencia de la nulidad del reconocimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó la prueba probatoria, incluyendo informes genéticos y declaraciones testimoniales, concluyendo que "tanto actor como demandada creían que F. era el padre biológico del menor al momento del acto de reconocimiento". Se consideró que el reconocimiento fue realizado bajo un error esencial, en línea con el art. 267 del CCCN, dado que "el reconocimiento es un acto jurídico unilateral, [y que] son de aplicación las normas que regulan la nulidad de los actos jurídicos en general". La justicia valoró que "el error de hecho esencial, que haya sido la causa o móvil determinante del acto", era evidente en el caso, y que "el reconocimiento fue realizado creyendo que F. era el padre biológico". La decisión se fundamentó en que "el reconocimiento fue viciado por error en la voluntad, constituyendo un vicio sustancial que afecta la validez del acto jurídico". Además, se dispuso que el menor fuera inscripto con el apellido materno hasta que se aclare su verdadera filiación, y se impusieron las costas a la parte demandada por la derrota en el incidente de nulidad.
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