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C., G. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL N., R. c/ C., G. s/ QUERELLA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad presentado contra la decisión de la Cámara de Segunda Instancia, que negó la concesión del recurso. La decisión se fundamentó en que la acción penal podría estar prescrita y corresponde remitir la causa al tribunal de origen para su análisis.

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- Quién demanda: Defensor técnico del imputado G. C.

¿A quién se demanda?

Cámara de Segunda Instancia del Colegio de Jueces Penales de la Quinta Circunscripción Judicial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que negó la concesión del recurso, alegando arbitrariedad, afectación a derechos constitucionales y errores en la fundamentación.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad, remitiendo la causa al tribunal de origen para que analice la posible prescripción de la acción penal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es deber de este Cuerpo considerar las circunstancias existentes al momento de fallar, aunque las mismas sean sobrevinientes a la interposición del recurso examinado. En el caso, la acción punitiva podría encontrarse prescripta a la luz de lo dispuesto por los artículos 62 y 67 del Código Penal. Por ello, y atendiendo a que la prescripción de la acción penal se produce por el solo transcurso del tiempo, es de orden público y debe declararse de oficio en cualquier instancia. La competencia para resolver sobre la prescripción excede a esta Corte, por lo que se remite la causa al tribunal de origen para que se pronuncie en orden a la subsistencia de la acción penal." La decisión enfatiza que la prescripción es un hecho de orden público y que su análisis corresponde al tribunal de origen, no a esta Corte, por lo que la causa fue remitida para su análisis.

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