MACEDO, MIRTA DE LOS MILAGROS c/ TORRES, DANIEL LUCIANO Y OTROS s/ ACCION AUTONOMA DE NULIDAD
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe declaró la nulidad del auto resolutorio impugnado y la invalidez de la prueba pericial caligráfica por irregularidades en su producción. La decisión se fundamenta en la vulneración del derecho de defensa y en errores en el trámite de las excepciones previas, garantizando la observancia del debido proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue interpuesta por Mirta de los Milagros Macedo contra Daniel Luciano Torres y otros, reclamando la nulidad de una sentencia previa que ordenaba la escrituración en favor de terceros. La resolución impugnada rechazó las excepciones de falta de personería y defecto legal, y resolvió sobre la validez de la prueba pericial caligráfica. El recurrente, Miguel Ángel Sazanowicz, alegó que la resolución fue arbitraria e incongruente, ya que resolvió las excepciones sin previamente resolver la nulidad de la prueba pericial, la cual fue ofrecida y producida en el marco de dichas excepciones. Argumentó que el juez incurrió en error al decidir las excepciones sin resolver antes la nulidad de la prueba, vulnerando su derecho de defensa y afectando la validez del proceso. Además, sostuvo que la producción de la prueba pericial fue irregular, ya que no se respetó la audiencia del artículo 193 del CPCC, en la que debió realizarse la compulsa personal en presencia de las partes y sus delegados técnicos, lo cual no ocurrió. La Cámara de apelaciones coincidió en que existió una irregularidad sustancial en el trámite de la prueba, que afectó el derecho de defensa y la validez del proceso, por lo que declaró la nulidad del auto impugnado y de la prueba pericial, retrotrayendo el procedimiento. La disidencia consideró que la pericia caligráfica, ajena a las excepciones resueltas, no constituía un vicio en el trámite y que el recurso de nulidad no prosperaba por la inexistencia de un error que invalidara la decisión.
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