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B., L. E. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL

La Cámara de Apelaciones confirma la condena de siete años y seis meses de prisión por abuso sexual con acceso carnal, valorando la credibilidad del relato de la víctima y la prueba colectada, y rechaza los agravios de la defensa sobre valoración probatoria y proporcionalidad de la pena.


¿Quién es el actor?

La Fiscalía y la víctima, Á. M.

¿A quién se demanda?

L. E. B. (el imputado)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La condena por abuso sexual con acceso carnal, con una pena de siete años y seis meses de prisión.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia, manteniendo la condena y la calificación legal, y rechaza los agravios de la defensa sobre valoración de prueba, contexto familiar y proporcionalidad de la pena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El fallo adecuadamente analiza y asume como ciertos una constelación de elementos de cargo que unívocamente convergen en la solución condenatoria criticada por el apelante. Los estándares evaluables por el juzgador en este tipo de hechos suponen considerar sin prejuicios que frente a eventos de esta naturaleza el perpetrador casi siempre niega su autoría, que muchas veces faltan evidencias físicas y testimonios directos externos a los protagonistas y que la víctima en muchos casos representa la única o principal fuente de prueba al alcance. La menor demuestra culpa y angustia por la situación vivida, rasgos típicos de un hecho de abuso. Así lo relata Jorge Barudy ("El dolor invisible de la infancia", p. 208 y ss. ed. Paidos 1998) diciendo que el impacto sobre la víctima en el caso de un abuso intrafamiliar es cargar con la culpa de la disolución de la familia, algo con lo que el abusador generalmente amenaza. Para comprender ello describe que la familia está en equilibrio en las tres primeras fases: la de seducción (manipulación del niño, preparación del momento y lugar del abuso), la fase interactiva del abuso concreto -que puede ser gradual y progresiva
- y la del secreto (el abusador impone la ley del silencio casi simultáneamente con las interacciones sexuales, a través de mentiras, amenazas, culpabilización y hasta el chantaje o la manipulación psicológica), equilibrio que luego se rompe con la etapa divulgativa en las que algunas veces -lamentablemente no en todas
- las víctimas terminan revelando los hechos. El trauma generado a la joven se hace presente también, cuando se pueden observar conductas auto-lesivas, falta de concentración, distanciamiento, sumisión, sobre-adaptación, y la culpa por sentir que a causa de sus dichos se estaba rompiendo la unidad familiar. Y así se pone de manifiesto según las investigaciones de la organización "Save the Children" en su manual para la formación para profesionales en materia de abuso sexual infantil, la detección de un caso de abuso de esa naturaleza se puede realizar a través de indicadores históricos (extracción de lo que cuente el niño sobre lo ocurrido), físicos (que pueden o

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