C., R. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL C. R. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL CALIFICADO POR GRAVE DAÑO EN LA SALUD MENTAL DE LA VICTIMA EN CONCURSO IDEAL CON PROMOCION Y FACILITAMIENTO DE LA CORRUPCION DE MENORES - APELACION - ACUSACION Y AUDIENCIA PRELIMINAR- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR EL TRIBUNAL UNIPERSONAL DEL COLEGIO DE JUECES PENALES DE LA SEGUNDA INSTANCIA)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad contra la interpretación de normas procesales en un caso de declaración del imputado en audiencia imputativa y ordenó remitir a un nuevo juicio. El tribunal consideró que la interpretación del tribunal de grado vulneraba garantías constitucionales y jurisprudencia constitucional.
- Quién demanda: La Fiscal que interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la interpretación del tribunal de grado.
¿A quién se demanda?
La interpretación del tribunal de grado en la causa penal sobre la admisibilidad de la declaración del imputado en audiencia imputativa como prueba autónoma.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad de la interpretación del tribunal de grado que limitó el ingreso de la declaración del imputado a su carácter de declaración previa, en violación de garantías constitucionales y jurisprudencia constitucional.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe declaró la inadmisibilidad del entendimiento del tribunal de grado, consideró que la interpretación vulneraba derechos constitucionales y jurisprudencia, anuló la decisión y ordenó que el caso sea juzgado nuevamente, con la correcta interpretación normativa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se advierte que la interpretación del tribunal de grado, basada en la nueva redacción de los artículos 112 y 326 del Código Procesal Penal, resulta irrazonable y contraria a la doctrina jurisprudencial consolidada en el precedente 'Mariaux'. La modificación legislativa no importó en una superación del precedente, y la interpretación del a quo restringió indebidamente la posibilidad de valorar la declaración del imputado en audiencia previa, afectando garantías constitucionales y derechos de defensa." "El análisis sistemático y armónico de las normas revela que la declaración voluntaria del imputado, en presencia de su defensor y juez, puede ser ofrecida y valorada en el juicio, independientemente de su carácter de declaración previa, siempre que se hayan respetado las condiciones de voluntariedad y control judicial." Fundamentos adicionales: La interpretación del tribunal de grado, que limitó la admisibilidad a los casos de anticipo jurisdiccional de prueba, no respeta la sistemática del código, vulnera derechos constitucionales y jurisprudencia, y no puede sostenerse desde una hermenéutica razonable. La Corte concluyó que la interpretación del tribunal de grado fue arbitraria y que la norma debe entenderse en línea con el precedente 'Mariaux' y la jurisprudencia constitucional.
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