ALCORSE, MARIA SONIA c/ LATAR, NATALIA LILIANA Y OTROS -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que modificó intereses en una condena laboral, concluyendo que las objeciones no demostraron arbitrariedad ni apartamiento del derecho a la jurisdicción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): La actora María Sonia Alcorse A quién se demanda (Demandado): La Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe Qué se reclama (Objeto de la demanda): La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que modificó la tasa de interés aplicable a la condena laboral, por considerarla arbitraria y sin motivación suficiente Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte provincial rechazó la queja, sosteniendo que las alegaciones de arbitrariedad y de vulneración constitucional carecían de sustento, y que la resolución judicial fue fundada en argumentos razonables que cumplían con los requisitos constitucionales y legales. Los planteos de la impugnante se limitaron a discrepancias de orden procesal y accesorio, no demostrando un apartamiento del derecho a la jurisdicción. La Corte valoró que la sentencia se fundamentó en análisis ponderados de antecedentes y principios constitucionales, sin evidencia de arbitrariedad. Fundamentos principales de la decisión: "De la confrontación de los planteos traídos por la impugnante con los fundamentos de la sentencia se advierte que su distinto parecer con lo decidido se limita a cuestiones procesales y accesorias, propias de los jueces de la causa, que no incumbe a esta Corte revisar por esta vía de excepción." "El Tribunal entendió que correspondía elevar los accesorios determinados en baja instancia tras realizar un análisis ponderando las pautas sentadas por esta sede en 'Olivera', las variaciones de la tasa de interés y las particulares circunstancias de la causa." "Las objeciones de la impugnante no logran comprobar cómo en el caso se habría configurado la arbitrariedad que alega, dejando incólume la solución propuesta por el Tribunal al valorar como suficiente la tasa dispuesta para mantener el valor indemnizatorio del crédito." "Por ello, la materia en debate fue juzgada con fundamentos que satisfacen los requisitos del artículo 95 de la Constitución provincial, siendo ajena a la órbita del recurso de inconstitucionalidad."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: