G., E. D. s/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE EN CONCURSO REAL CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL
La Cámara de Apelaciones de Rosario confirmó la condena de 11 años de prisión por abuso sexual infantil, respaldando la valoración probatoria y la credibilidad de la declaración de la víctima, y rechazando los agravios de la defensa.
Actor: El defensor del acusado E. D. G. Demandado: La sentencia N°62, dictada por el Tribunal de Juicio, que condenó a G. por delitos de abuso sexual. Objeto: La revisión y revocación de la condena, argumentando vulneración de principios constitucionales, valoración probatoria errónea y falta de elementos que acrediten materialidad del hecho. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de condena, sosteniendo que la valoración probatoria fue adecuada, que la declaración de la víctima tiene alta credibilidad y que los agravios defensistas carecen de fundamento. La sentencia se basa en la coherencia del relato, los informes periciales, y la lógica probatoria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal resaltó que la declaración de la víctima, menor de edad, tiene un alto valor probatorio en delitos de violencia sexual, respaldada por la ciencia forense y las valoraciones psicológicas. La ausencia de lesiones físicas no descarta el abuso, dado el tiempo transcurrido y las características del delito. La valoración de testimonios de familiares, psicólogos y médicos fueron considerados en conjunto, demostrando la veracidad del relato. La defensa argumentó que la sentencia se basó en prejuicios, pero el tribunal afirmó que la decisión se sustentó en evidencia objetiva y razonada, sin indicios de prejuicio o parcialidad. La valoración probatoria fue adecuada y conforme a las reglas de la sana crítica, rechazando la aplicación del principio in dubio pro reo y alegatos de vulneración de imparcialidad.
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