SOLER, MIRTA MARIA c/ UNIDAD CORONARIA DEL SANATORIO SAN GERONIMO S.R.L. s/ COBRO DE PESOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a la demandada por cobro de sumas reclamadas por la venta de insumos médicos y daños, rechazando los agravios por insuficiencia probatoria y errores en la valoración de la prueba. La decisión se fundamenta en la validez de la contabilidad y la falta de prueba de pago.
Quién demanda: Mirta María Soler
¿A quién se demanda?
Unidad Coronaria del Sanatorio San Jerónimo SRL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de $84.980,72 por venta de insumos médicos, gastos de mediación y indemnización por daños
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena de primera instancia y rechazó los recursos de nulidad y apelación interpuestos por la demandada
Fundamentos principales de la decisión:
- La recurrente no aportó argumentos suficientes que demostraran la injusticia de la resolución, incumpliendo el art. 365 del Código de Rito.
- La existencia del crédito fue demostrada mediante registros en el libro de IVA Ventas, con valor probatorio conforme al art. 63 del Código de Comercio, pues la contabilidad de la actora se encontraba en forma regular.
- La apelante no probó la cancelación de las acreencias ni la inexistencia de las facturas, las cuales tenían firma de dependientes en nueve casos, y no fue presentada contabilidad en sentido contrario.
- La falta de pericia sobre los libros contables no afectó la validez de la prueba, ya que el valor probatorio de la contabilidad regular es suficiente.
- Los agravios respecto a la valoración de las facturas y la responsabilidad de la entrega de materiales fueron desestimados por insuficiencia de argumentos.
- La apelación fue considerada improcedente y se confirmó la sentencia de primera instancia, con costas a la parte vencida.
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