BORTOLUZZI, MARCELO Y OTRO c/ BARZOLA, ALICIA Y OTRO -COBRO DE PESOS- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que rechazó reclamos por incumplimiento contractual y daños, anulándola y remitiendo la causa a un nuevo pronunciamiento. La decisión se fundamentó en deficiencias de motivación y arbitrariedad en la sentencia impugnada.
Quién demanda: La parte demandada reconviniente, Alicia Barzola, junto con Pablo Avalle, en un proceso por cobro de saldo de precio, daños y perjuicios derivados de un contrato de locación de obra.
¿A quién se demanda?
A Alicia Barzola y Pablo Avalle.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
El pago del saldo de precio, daños materiales, daño moral, lucro cesante, daños psicológicos y la reparación por incumplimiento contractual en la construcción de una vivienda.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró la inconstitucionalidad del fallo de la Sala Cuarta de Rosario, anulándola y ordenando la remisión de la causa para un nuevo pronunciamiento. La sentencia anterior omitió fundamentar adecuadamente las decisiones, incurrió en arbitrariedad y vulneró garantías constitucionales. Fundamentos principales: El tribunal analizó que la Cámara de apelaciones fundamentó su decisión en afirmaciones dogmáticas y en valoraciones de prueba que no fueron suficientemente motivadas, incumpliendo con el artículo 95 de la Constitución provincial. Se señaló que los argumentos sobre la legitimidad de la retención del saldo y la valoración de los trabajos adicionales no estaban suficientemente sustentados, y que la reducción del daño moral de $190.000 a $30.000 carecía de justificación razonable, vulnerando principios de razonabilidad y proporcionalidad. La Cámara también omitió pronunciarse sobre aspectos relevantes, generando una decisión carente de motivación suficiente. La Corte concluyó que la resolución recurrida incurría en arbitrariedad y violaba derechos constitucionales, por lo que correspondía su anulación. Votos en disidencia: Solo el doctor Falistocco expresó disidencia, sosteniendo que la resolución de la Cámara era arbitraria, pero la mayoría consideró que la sentencia adolecía de motivación suficiente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: