BERIZO, SUSANA JOSEFA DE LOS MILAGROS c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe resolvió rechazar el recurso de la actora contra el decreto que ajusta su haber previsional, confirmando la legalidad del cálculo y la aplicación del sistema de movilidad previsional. La sentencia sostiene que la pretensión carece de fundamento y que la remoción de los coeficientes sectoriales fue adecuada.
Quién demanda: Susana Josefa de los Milagros Berizo, en reclamo de reajuste de su haber previsional y retroactivos.
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Anulación del decreto 4437/18, reajuste de su haber previsional por no guardar razonable proporcionalidad con el sueldo de un agente en actividad, y pago de retroactivos desde dos años previos al reclamo, intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso y confirmó la legalidad del cálculo y la aplicación de la movilidad previsional, sosteniendo que no se evidencian diferencias irrazonables en los haberes y que la normativa de movilidad fue respetada. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal analizó los coeficientes previsionales y la conformación de los haberes, concluyendo que no hay evidencia de irregularidades en los traslados de aumentos ni en la aplicación del sistema de movilidad. Citó jurisprudencia que establece que el control judicial se limita a verificar la razonable proporcionalidad y la correcta aplicación de los coeficientes, sin que corresponda una revisión de los cálculos en detalle. Se afirmó que las pruebas aportadas no muestran reducciones ilegítimas y que la comparación entre haberes y aumentos no revela diferencias irrazonables. Además, se remarcó que la normativa de movilidad fue respetada y que el ajuste aplicado fue conforme a la ley y la jurisprudencia.
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