CORTESE, JUAN JOSE c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe resolvió declarar la inadmisibilidad y el rechazo del recurso contencioso administrativo interpuesto por Juan José Cortese contra la Provincia de Santa Fe, confirmando la legalidad del reajuste de la jubilación y la constitucionalidad de los coeficientes de movilidad aplicados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Juan José Cortese, demanda a la Provincia de Santa Fe solicitando el reajuste de su haber jubilatorio, argumentando que no guarda razonable proporcionalidad con el sueldo de un agente en actividad y reclamando retroactivos desde 2014. La parte demandada niega la procedencia del reajuste, alegando que los coeficientes de movilidad utilizados son legales y que las diferencias no están justificadas. La Cámara analiza la admisibilidad del recurso, la legalidad del cálculo de la movilidad previsional y la constitucionalidad del argumento del actor, concluyendo que no existen inconstitucionalidades ni desajustes que ameriten corrección. La Sala destaca que la comparación de haberes y sueldos no revela irregularidades y que la proporcionalidad y el sistema de movilidad están ajustados a la normativa vigente y jurisprudencia consolidada. Además, se señala que la pretensión de retroactivos desde 2014 no resulta procedente, dado que el actor accedió a la jubilación en octubre de ese año, por lo cual, las diferencias reclamadas no corresponden a períodos anteriores.
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