RODOLFO Y NESTOR ERARD S.H. c/ LA NATIVIDAD S.A. s/ DEMANDA ORDINARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe desestimó la apelación y confirmó la declaración de caducidad de la instancia por falta de caución en un proceso por demanda ordinaria. La decisión se fundamentó en que la parte actora no constituyó efectivamente la caución tras la orden judicial, y que la oferta de bienes no reemplaza la formalización del arraigo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor demandó en una causa por demanda ordinaria y la sentencia de primera instancia declaró la caducidad de la instancia por falta de caución en el incidente de arraigo, en virtud de que el actor no efectivizó la constitución de caución tras la orden judicial del 19/06/2024. La resolución también impuso las costas a la parte actora. La parte recurrente interpuso recursos de nulidad y apelación, alegando que la resolución fue dictada sin vista previa al Fiscal y que había ofrecido un bien a fin de cumplir con el arraigo. El tribunal rechazó la nulidad por considerarla un remedio excepcional que requiere un perjuicio irreparable y que no se evidencia en este caso. En cuanto a la apelación, la Cámara sostuvo que el ofrecimiento de bienes no implica la constitución efectiva de caución, y que la orden firme para arraigar y el transcurso del plazo de 90 días sin constituir caución, configuran el cumplimiento de los requisitos para la caducidad. La oferta de bienes no es suficiente para evitar la caducidad, que se declaró por la inacción del actor. La sentencia final confirmó la decisión de primera instancia, desestimando la nulidad y rechazando la apelación, con costas a la parte actora.
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