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CASCO, LUIS JORGE c/ EMPRESA RECREO S.R.L. -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en un caso de despido y beneficios previsionales. La resolución respalda la decisión de la Cámara de Apelación en lo Laboral que rechazó la impugnación, confirmando la legalidad del fallo y la validez del proceso.

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Actor: Luis Jorge Casco Demandado: Empresa Recreo SRL Objeto: Reclamación de rubros laborales y prestaciones previsionales, específicamente la indemnización por despido y el reconocimiento de derechos previsionales. Decisión: La Cámara de Apelación en lo Laboral revocó la rechazo de la demanda y dictaminó la procedencia de los rubros reclamados, ratificando la legalidad del despido y la validez de la extinción del vínculo laboral conforme a la normativa previsional. La Corte Suprema admitió la queja y confirmó la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad, ratificando la decisión de la cámara de apelaciones y rechazando los argumentos de la parte recurrente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El análisis de la resolución de la Cámara de Apelación en lo Laboral revela que la controversia se centraba en si la extinción del vínculo laboral del actor, basada en la normativa previsional y la resolución de la ANSES, fue procedente y legal. La Cámara consideró que el despido fue disuelto por la patronal sin que se haya concedido aún la prestación jubilatoria, lo que hace procedente el despido por causa justificada. La recurrente cuestiona que la decisión se haya basado en una interpretación subjetiva y dogmática, pero los jueces destacaron que la resolución se sustentó en constancias probatorias y en la normativa vigente, particularmente en que la ANSES no concedió las prestaciones hasta que se cumplió con el trámite y la extinción del vínculo. La Corte Suprema, en sede de queja, verificó que la impugnación carecía de entidad constitucional suficiente para su admisión, ya que los agravios alegados solo reflejaban disconformidad con la valoración jurídica de la instancia anterior, sin demostrar arbitrariedad o vulneración constitucional. La decisión de la Cámara de Apelación fue fundada en los hechos y en la normativa, por lo que la queja fue rechazada."

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