ALMOSLINO ANDREA ELISABETH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma aspectos relacionados con la inaplicabilidad de ciertas normas y la etapa de ejecución del cálculo del haber previsional, manteniendo la decisión en cuanto a la admisión del recurso y las costas.
- La parte actora, Andrea Elisabeth Almoslino, reclama una serie de ajustes en su beneficio previsional.
- La Cámara analiza distintos agravios relacionados con la actualización del haber previsional, la aplicación de leyes específicas y la razonabilidad de los topes establecidos.
- El tribunal concluye que: "El agravio relacionado con el art. 2º de la ley 27.426 debe ser desestimado, toda vez que en atención a la fecha de adquisición del beneficio la norma es inaplicable al caso, con independencia del momento procesal en el que fue formulado el planteo". Asimismo, "el análisis del agravio relativo al art. 9 de la ley 24.463 debe diferirse para el momento en que se apruebe el cómputo definitivo en la etapa de ejecución".
- Además, se establece que la comparación para determinar la confiscatoriedad debe hacerse sobre el total del haber inicial percibido, y que la normativa sobre topes (art. 26 de la ley 24.241 y resoluciones relacionadas) debe considerarse en el momento de la liquidación definitiva.
- La Cámara declara admisible el recurso, revoca parcialmente la sentencia y establece costas por su orden en la alzada, dada la falta de contradicción.
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