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CREDIL SRL C/ GARABENTO GERARDO DAVID S/ COBRO EJECUTIVO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil modifica la sentencia del 25 de abril de 2025 y ordena la liquidación de intereses y costas conforme a los fundamentos del recurso y la normativa aplicable.

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La parte actora, Credil S.R.L., recurre contra la sentencia del 25/04/2025 que había dispuesto la ejecución del pago de $300.000 más intereses, excluyendo intereses compensatorios y moratorios. La apelación sostiene que deben reconocerse ambos tipos de intereses desde el libramiento del título hasta la mora, tal como pactaron las partes, y que la liquidación debe incorporar los intereses punitorios desde la mora hasta el pago efectivo. La Cámara considera que la normativa y las circunstancias económicas justifican la liquidación integral de intereses, incluyendo los compensatorios y punitorios, y que la facultad de morigeración debe aplicarse con fundamento en el art. 771 y 794 del CCyC, ajustando los intereses a límites razonables. Además, se destaca que los pactos de interés deben respetar la moral y las buenas costumbres, y que la morigeración de intereses usurarios puede hacerse de oficio. La decisión modifica la sentencia y ordena la liquidación de intereses en los términos señalados, con costas de alzada al demandado.

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