.................... S/ INCIDENTE DE APELACION DE SENTENCIA. (ELECTR)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de La Plata confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y rebajó la pena de Vera, eliminando la doble valoración del contexto de violencia de género, ajustando la condena a dos años y seis meses de prisión condicional, con reglas de conducta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa penal involucra a Mauricio Ezequiel Vera, condenado en primera instancia a 2 años y 8 meses de prisión condicional por lesiones doblemente agravadas (por vínculo y violencia de género) en concurso con amenazas agravadas, ocurrido en La Plata el 21/12/2024 en perjuicio de C.C. La Fiscalía apeló, proponiendo una reducción de la pena y cuestionando aspectos de la valoración de agravantes y la calificación legal. El tribunal analizó los agravios del defensor, quienes alegaban que la valoración del lugar de comisión y del contexto de violencia de género implicaba doble valoración, y que la calificación legal de amenazas agravadas y lesiones leves no estaba debidamente fundada. La Cámara sostuvo que: "la valoración de las circunstancias agravantes en el contexto de violencia de género ya estaba comprendida en la tipificación del delito, por lo que no correspondía su doble apreciación, en línea con jurisprudencia que prohíbe la doble valoración de un mismo elemento". Además, rechazó el argumento sobre la automatización en la aplicación del agravante por violencia de género, destacando que la víctima describió claramente las agresiones y amenazas, lo que fundamenta la valoración del contexto de violencia de género. Respecto a las amenazas, afirmó que la conducta del imputado, que impedía a la víctima retirarse y la coaccionaba, encuadraba en las características del art. 149 bis del C.P., y que ello no resultaba una aplicación automatizada. La sentencia confirmó la condena, ajustando la pena a 2 años y 6 meses de prisión condicional, y estableció reglas de conducta por 3 años, incluyendo abstenerse de contacto con la víctima y realizar tratamiento psicológico, entre otras. Fundamentos principales: "El hecho descrito, en el contexto de violencia de género, presenta una situación en la que el imputado forcejea, arrastra, y amenaza a la víctima para impedir su salida, comportamientos que justifican la calificación legal y las agravantes. Sin embargo, la doble valoración del contexto de violencia de género en la punibilidad constituye un error, ya que la normativa penal prohíbe la doble valoración de los agravantes, por lo que debe dejarse sin efecto dicha agravante, ajustando la pena en consecuencia." Asimismo, se destaca que: "la prueba documental y testimonial, incluyendo la declaración de la víctima y el informe médico legal, respaldan la existencia de lesiones leves y la conducta del imputado." La Cámara también resaltó que las reglas de conducta impuestas buscan prevenir futuros delitos y garantizar la protección de la víctima. PAL
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