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.................... S/ TENENCIA SIMPLE DE ESTUPEFACIENTES

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Pergamino confirmó la condena de Sergio Nicolás Parra por tenencia simple de estupefacientes, rechazando los agravios del recurso y validando la legalidad del procedimiento policial y la valoración de la prueba.

Recurso de apelacion Confirmacion de sentencia Garantias constitucionales Derecho penal Tenencia simple de estupefacientes Cantidad de droga Nulidad del procedimiento Jurisprudencia penal Prueba y valoracion probatoria Procedimiento policial legitimo

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, representado por la Fiscalía, demandó a Sergio Nicolás Parra por tenencia simple de estupefacientes, solicitando la confirmación de la condena impuesta por el tribunal de primera instancia. La sentencia apelada condenó a Parra a un año de prisión y multa, tras encontrarlo responsable del delito, en base a la prueba recolectada durante la requisa y allanamiento, que incluyó cigarrillos de marihuana y una planta de cannabis. El recurrente (Parra) cuestionó la validez del procedimiento policial, alegando que violó garantías constitucionales, y la calificación legal del hecho, reclamando la absolución por tenencia para consumo personal. La Cámara analizó minuciosamente los argumentos y la prueba, concluyendo que la actuación policial fue ajustada a derecho, fundamentada en motivos objetivos y circunstancias concretas que justificaron la requisa en el marco del artículo 294 inc. 5 del CPP y la Constitución Nacional. Asimismo, se verificó que la cantidad de estupefaciente secuestrada, superior a las dosis umbrales, no permitía calificar la tenencia como para consumo personal, sino como simple, conforme a la normativa y jurisprudencia aplicable. Por ello, se rechazan los agravios y se confirma la sentencia condenatoria. Fundamentos principales: La actuación policial fue legítima y fundada en circunstancias objetivas que justificaron la requisa sin vulnerar garantías constitucionales; la prueba producida sustenta la responsabilidad del imputado en la tenencia de la sustancia, cuya cantidad excede los límites para consumo personal; y, por ende, no corresponde modificar la calificación legal ni la condena.

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