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GARRAZA WALTER DAVID C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ EJECUCION DE HONORARIOS

La Cámara del Trabajo de Morón confirmó la procedencia de la demanda y reguló los honorarios del letrado, estableciendo la obligatoriedad del pago y la forma de abono, en un expediente por regulación y cobro de honorarios de un letrado en un proceso por rechazo de contingencia de riesgos del trabajo.

Proceso laboral Honorarios profesionales Comision medica Ley 14.967 Ley 27.348 Regulacion de honorarios Riesgos del trabajo Costas Sentencia confirmada

El Dr. Walter David Garraza, en representación del Sr. Gabriel Adrian Perez, promovió demanda contra OMINT, en virtud de su actuación en la Comisión Médica N° 381 de Morón, solicitando la regulación de honorarios profesionales. La Justicia laboral analizó la normativa aplicable, en particular la ley 27.348, la ley 14.967 y la Res. 298/2017, concluyendo que la actividad del letrado devenga honorarios a cargo de la aseguradora en los términos del art. 37 de la Res. 298/2017. El tribunal hizo lugar a la demanda, regulando los honorarios en la suma de $ 295.533, equivalente a 7 IUS arancelarios, más el 10% de aporte legal y IVA si correspondiera. Se impusieron costas a la demandada en sede administrativa y judicial. Además, se ordenó la acreditación del pago de honorarios y aportes en 60 días, con comunicación a la Caja de Previsión. La decisión se fundamenta en que la ley 27.348 y la ley 14.967 establecen que la actuación en las comisiones médicas constituye la instancia previa y obligatoria para el reconocimiento de contingencias y honorarios, y que la regulación de honorarios debe ajustarse a dichas normativas y a las pautas arancelarias vigentes.

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