VIGLIANI, LUCIANO ALBERTO c/ FINNING ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó la actualización del capital de condena, estableciendo que las acreencias deben actualizarse según el índice RIPTE más una tasa pura del 6% anual, en línea con la inconstitucionalidad de la indexación por inflación y la protección del derecho de propiedad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Luciano Vigliani contra Finning Argentina S.A. por despido indirecto y daños por discriminación tras reincorporarse a tareas livianas. La jueza de primera instancia dictaminó que el despido fue injustificado y condenó a la empleadora a pagar indemnización y otras sumas, rechazando los daños por discriminación. La demandada apeló, cuestionando la justificación del despido, la validez de los certificados de trabajo, los intereses y la indemnización por discriminación. El tribunal de segunda instancia confirmó que no existió justificación para la negativa de tareas, rechazó la discriminación por insuficiencia de pruebas, y validó la actualización de créditos con índice RIPTE más interés del 6%, declarando inconstitucional la indexación por inflación y la prohibición de indexar establecida en la ley 23.928. La Cámara sostuvo que la inconstitucionalidad se justifica en el contexto económico actual de alta inflación y tasas negativas, y que la protección del derecho de propiedad requiere mecanismos de actualización que mantengan la equivalencia económica del crédito laboral. También se establecieron costas en ambas instancias a cargo de la demandada y se regularon honorarios profesionales.
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