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LEIVA, NATALIA SOLEDAD c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara confirmó la sentencia que condenó a OMINT ART S.A. por accidente laboral ocurrido el 14 de enero de 2021, ajustando la fecha correcta y modificando el cálculo de intereses y honorarios, en línea con la normativa aplicable y la valoración de las pruebas médicas y periciales.

Intereses Recurso de apelacion Indemnizacion Pericia medica Honorarios Incapacidad Relacion causal Accidente laboral Riesgos del trabajo Normativa laboral.


¿Quién es el actor?

Natalia Soledad Leiva

¿A quién se demanda?

OMINT ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamación de indemnización por accidente en el sistema de riesgos del trabajo, ocurrido el 14 de enero de 2021, con reconocimiento de incapacidad y daños derivados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, con correcciones respecto a la fecha del accidente y el cálculo de intereses, honorarios y las bases de la indemnización. Se rechazaron los agravios relativos a la valoración de las pericias médicas, la relación causal, y la aplicación del método de incapacidad residual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación a la fecha del accidente, se estableció que ocurrió el 14 de enero de 2021, corrigiendo el error material de la sentencia de grado que indicaba el 25 de enero de 2020. La pericia médica, que concluyó una incapacidad del 22,2% de la total obrera, fue considerada fundamentada en sólidos argumentos y en todos los antecedentes aportados, con una relación causal verosímil con el siniestro. La valoración del informe pericial fue ratificada y considerada válida, rechazando los argumentos de la parte recurrente que cuestionaban su contenido. Respecto a la incapacidad psíquica, se sostuvo que la valoración de la experta fue adecuada y que la relación causal con el accidente fue correctamente determinada. La aplicación del método de la capacidad residual no resultó procedente, dado que las lesiones múltiples y el contexto del caso no lo ameritan. Los intereses y la actualización de la indemnización se ajustaron a la normativa vigente, aplicando las tasas establecidas por el decreto N° 669/2019, que resultan más favorables al trabajador. Las costas fueron confirmadas y se impusieron a la demandada."

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