ROMERO ACUÑA MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad del Decreto 807/16 y del componente de movilidad en la pensión, rechazando los agravios del organismo y la actora. La decisión enfatiza en la facultad del Congreso para establecer índices de actualización, y mantiene la validez del marco legal vigente, diferenciando los efectos en los períodos posteriores a la sanción de leyes y decretos cuestionados.
- Quién demanda: Maria Cristina Romero Acuña
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste en el cálculo del haber previsional, actualización del beneficio, inconstitucionalidad de leyes y decretos
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la constitucionalidad del Decreto 807/16 y del artículo 9 de la ley 24.463, rechazó la inconstitucionalidad de la ley 24.241 y de sus artículos, y ordenó el reajuste del haber previsional a partir de febrero de 2021 con base en la movilidad aplicable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala sostuvo que la potestad de establecer índices de actualización es del Congreso y no del Poder Ejecutivo, por lo que el Decreto 807/16 y la Resolución 56/18 son constitucionales. La referencia al fallo “Blanco” refuerza la validez del decreto. La inconstitucionalidad de la ley 24.241 fue rechazada, salvo la declaración de inconstitucionalidad del art. 25, que fue revocada. La ley 27.426 y otros aspectos también fueron ratificados. Se confirmó que la ley 27.609 puede ser aplicada, pero su tratamiento fue diferido para la etapa de ejecución. La tasa de interés aplicable será la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central. La decisión fue mayoritaria, con disidencias parciales en algunos aspectos.
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