PALMIERI ANA MARIA DOMINGA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y confirma en lo demás, estableciendo que la actualización de la Prestación Básica Universal debe realizarse mediante un método específico y considerando ciertos límites para evitar efectos confiscatorios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Ana María Dominga Palmieri, interpuso recurso contra la sentencia que rechazó su reclamo de actualización de la PBU.
- La Cámara analiza la metodología de actualización y la incidencia del incremento en el haber inicial, considerando la jurisprudencia constitucional y las precedentes del tribunal.
- La mayoría revoca parcialmente la sentencia y establece que la actualización de la PBU debe hacerse aplicando el índice del precedente "Badaro" del 26/11/2007 y verificando si la diferencia supera el 15%, para evitar efectos confiscatorios.
- La sentencia resalta que la actualización no debe estar sujeta a recálculo de otras prestaciones, sino a la incidencia sobre el haber inicial, y que en casos donde la diferencia sea mayor al 15%, procede la actualización.
- Se imponen costas de alzada a la demandada vencida y se regula honorarios a favor de la parte actora del 30% de la suma en primera instancia.
- La Sala ordena devolver las actuaciones al juzgado de origen para su ejecución.
Fundamentos principales:
"El carácter integral de los beneficios de la seguridad social, en especial la protección del haber inicial, requiere que la actualización de la PBU se realice con un criterio que evite la confiscatoriedad."
"Para determinar si la falta de actualización genera una disminución confiscatoria, se aplicará el índice del precedente 'Badaro' y se verificará si la diferencia supera el 15%, en cuyo caso procederá la actualización."
"El método de cálculo establecido en la causa 'Marinati' será utilizado para la comparación y evaluación del impacto de la actualización."
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