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CINQUEGRANI JULIO C/ HOSPITAL ITALIANO REGIONAL DEL SUR Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. DEL./CUAS. (EXC.USO AUT. Y ESTADO)

La demanda por daños y perjuicios por mala praxis médica fue rechazada por la Justicia, considerando que la actuación médica se ajustó a los estándares y que no existió relación causal entre el daño y la conducta del equipo médico demandado.

Danos y perjuicios Pericia medica Mala praxis medica Consentimiento informado Responsabilidad contractual Responsabilidad del profesional medico Responsabilidad del hospital Gangrena de fournier Cirugia urologica Complicaciones infecciosas

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Julio Cinquegrani, promovió demanda por daños y perjuicios alegando que la intervención quirúrgica realizada por el Dr. Garde fue negligente, sin consentimiento informado adecuado, y que derivó en una infección grave (gangrena de Fournier) que le produjo daños funcionales y psíquicos. La parte demandada, representada por el Dr. Garde, negó la existencia de negligencia, argumentando que la cirugía se realizó conforme a los protocolos médicos, que el paciente fue informado de los riesgos, y que la complicación fue una consecuencia de su condición preexistente (diabetes, hipertensión), no atribuible a una mala praxis. La pericia médica concluyó que la atención se ajustó a los estándares y que la infección fue una complicación previsible en pacientes diabéticos, sin que exista prueba de error médico. La prueba testimonial corroboró la correcta atención y la naturaleza de la complicación. El tribunal consideró que no se acreditó la relación causal entre la actuación médica y el daño, por lo que rechazó la demanda y confirmó la responsabilidad del actor en las costas.

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