PLAN ROMBO SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ ARIAS ALFREDO DARIO Y OTRO/A S/ EJECUCION PRENDARIA
La declaración de incompetencia de la justicia provincial en causas relacionadas con relaciones de consumo, en virtud de la ley 24.240 y precedentes jurisprudenciales, llevó a remitir las actuaciones al juzgado competente en Salta. La sentencia fundamenta que la relación de consumo y las características de las partes justifican la inaplicabilidad de la competencia territorial provincial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, PLAN ROMBO SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, promovió una ejecución prendaria contra Alfredo Dario ARIAS y Cristian Alejandro SUAREZ, denunciando domicilio en GREGORIO DE LAFERRERE y otros en Salta y Chaco, respectivamente. Sin embargo, la Justicia provincial de San Justo declaró su incompetencia para entender en la causa, basándose en la protección del derecho de defensa en juicio de los usuarios y consumidores, amparados por la ley 24.240 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Buenos Aires. La sentencia cita específicamente la doctrina sentada en la causa "Cuevas, Eduardo Alberto c/Cucci, Jorge Alberto s/Cobro Ejecutivo" (SCBA, C109305 del 1-9-2010), resaltando que en casos de relaciones de consumo, la competencia territorial debe ser determinada por la ley 24.240. Además, se destaca que las circunstancias personales de las partes permiten presumir la existencia de una relación de consumo, por lo que resulta aplicable la protección legal. La resolución dispuso el archivo de las actuaciones y la remisión de las mismas al juzgado competente en Salta, en virtud del art. 352 inc. 1° del CPCC y la jurisprudencia mencionada.
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