VILLAN, LINDOR AUGUSTO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Rosario confirmó la validez de la movilidad jubilatoria y revocó la declaración de inconstitucionalidad de los decretos relacionados, ratificando la aplicación de la ley 27.426 y rechazando los agravios de la ANSeS y la parte actora en relación a la constitucionalidad de dichas normas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue interpuesta por Lindor Augusto Villan contra la ANSeS, solicitando la recálculo y reajuste de su haber jubilatorio de marzo de 2018 en base a la ley 26.417, y la aplicación de la ley 27.426 para la movilidad posterior. La primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 y de los decretos 542/2020, 692/2020 y 899/2020, ordenando que las futuras liquidaciones se ajustaran a dichas normativas. La Cámara revocó esa declaración de inconstitucionalidad, considerando que las normas dictadas en el marco de la ley 27.541 y sus decretos son constitucionales en un contexto de emergencia, y que la presunción de constitucionalidad de las normas no se vio claramente contradicha. La ANSeS había cuestionado también la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, pero la Cámara confirmó la validez de dicha norma, remitiéndose a fallos previos y a la jurisprudencia de la Corte Suprema. Además, se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 y se impusieron costas a la parte demandada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: