MORENO, ALBANA SELENE c/ ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que ordenó la cobertura de cirugía oftalmológica por parte de Sancor Salud, fundamentando que la prescripción médica y las particularidades del caso justifican la excepción a las limitaciones del Plan Médico Obligatorio, garantizando el derecho a la salud y la protección constitucional.
- Quién demanda: Albana Selene Moreno
¿A quién se demanda?
Asociación Mutual Sancor Salud
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de cirugía con lente intraocular faquica torica para ambos ojos, en virtud del diagnóstico y prescripción médica.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia que ordenó a la obra social brindar la cobertura fue confirmada, rechazando el recurso de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que la práctica médica indicada por el especialista no está excluida del plan y que el derecho a la salud de la afiliada prevalece sobre las restricciones contractuales o del PMO. Se destacó que la autoridad médica tratante tiene mayor peso en la decisión sobre la conveniencia del tratamiento, y que la documentación médica aportada justifica la excepcionalidad del caso. Además, se aclaró que el PMO, concebido como un mínimo, no puede limitar derechos constitucionales a la salud y que la negativa de la obra social carece de fundamentos suficientes, por lo cual se rechazó el recurso y se confirmó la sentencia de grado, incluyendo la imposición de costas a la parte vencida.
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