ALVAREZ, GRACIELA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de La Plata modificó la sentencia de primera instancia en relación a la actualización de haberes previsionales, declarando la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 y ajustando el índice para el reajuste de la Prestación Básica Universal, conforme a la doctrina judicial y normativa aplicable.
La parte actora, una beneficiaria de pensión PBU, PC, PAP, impugnó la método de actualización de su haber, específicamente el índice utilizado y la constitucionalidad de ciertos artículos de la ley 27.426. La Cámara resolvió que el índice RIPTE, dispuesto por la ley 27.260 y su reglamentación, no es aplicable en el caso, ya que la ley 27.426 y la resolución 56/2018 de la ANSeS no corresponden a esa normativa, sino que el índice correcto a aplicar es el establecido por la ley 26.417 y la ley 24.241, por ser la normativa vigente en los períodos correspondientes. Además, declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, por ser una norma que, en virtud del precedente “Elliff”, no puede aplicar retroactivamente un nuevo índice de movilidad a períodos anteriores a su sanción. La decisión se fundamentó en que la ley 27.426 y las resoluciones posteriores han invadido facultades que corresponden al Congreso, y que la aplicación retroactiva de dichas normas vulnera principios constitucionales. También se confirmaron los criterios sobre la redeterminación del haber y la incidencia de la ausencia de incrementos en la base de cálculo, siguiendo precedentes del tribunal. Se pospuso el análisis de los topes legales para la liquidación definitiva y se impusieron las costas de alzada a la parte demandada.
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