BANKS, PABLO OSCAR Y HEREÑU, IVANA M., (EN REP. DE SU HIJA R.B.) c/ OMINT SA. DE SERVICIOS s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia que ordenó a OMINT S.A. brindar cobertura integral de prestaciones médicas y educativas para una menor con discapacidad, resaltando la obligación del Estado y las obras sociales de garantizar derechos constitucionales y convencionales.
- Quién demanda: Pablo Oscar Banks e Ivana Mariela Hereñu, en representación de su hija menor R.B.
- A quién se demanda: OMINT S.A. de Servicios
- Qué se reclama: Cobertura de prestaciones médicas (psicología, psicomotricidad, fonoaudiología, medicación), transporte, maestra integradora, en virtud de prescripción médica y derechos constitucionales, en el marco de la ley 16.986 y convenciones internacionales.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la sentencia de grado que ordenó a la demandada brindar las prestaciones reclamadas en forma integral, reiterando la importancia del derecho a la salud, la integración social y la protección de las personas con discapacidad.
- Fundamentos principales:
"Del relato de los hechos y las constancias de la causa surge que R.B., de 7 años de edad, se encuentra afiliada a la demandada, posee certificado de discapacidad y presenta diagnóstico de Trastorno del Espectro Autista, Trastorno específico del lenguaje y del habla, Epilepsia y Trastornos de sueño. La niña inició seguimiento en junio de 2020 y se confirmó el diagnóstico de TEA, recomendándose ampliar la intervención con terapias multidisciplinarias que no se han logrado mantener por dificultades administrativas. La evidencia demuestra que los profesionales tratantes indicaron que la niña requiere las prestaciones reclamadas y que estas han sido refrendadas por el Cuerpo Médico Forense, cuyo informe tiene plena eficacia demostrativa. La resolución apelada fue fundada en la normativa constitucional, internacional y legal, destacando la obligación del Estado y las obras sociales de garantizar el acceso a la salud y la integración social. La resistencia de la demandada en cubrir dichas prestaciones, pese a la indicación médica y el dictamen forense, vulnera derechos constitucionales y convencionales, lo que justifica la confirmación de la sentencia."
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