BENEFICIARIO: BARRIOS, NICOLAS BLADIMIR s/HABEAS CORPUS
La Cámara Federal de Rosario confirmó la resolución que rechazó in límine la acción de habeas corpus promovida por la defensa del imputado Nicolás Bladimir Barrios, justificando que la detención se encuentra en orden con las garantías procesales y que el habeas corpus no es el medio adecuado para cuestionar la legalidad de la prisión preventiva, la cual es parte de un proceso penal en trámite. La decisión se basó en que la privación de libertad proviene de resoluciones judiciales vigentes y controladas, y que la duración de la prisión preventiva se ajusta a los parámetros constitucionales y convencionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La acción de habeas corpus fue promovida por la defensa de Nicolás Bladimir Barrios, solicitando el cese de su detención por vencimiento del plazo de prisión preventiva, que había sido prorrogada por seis meses, con vencimiento el 09 de febrero de 2025.
- La Cámara señaló que la detención está enmarcada en un proceso penal en curso, con resolución judicial vigente y controlada, por lo que el habeas corpus no es el remedio adecuado para cuestionar la legalidad de la prisión.
- Citando precedentes y jurisprudencia, la Cámara expresó que "el habeas corpus, no procede si la privación de la libertad se originó en una causa seguida ante el juez competente" y que "los cuestionamientos tendientes a demostrar lo injustificado de la detención o las falencias en el procedimiento no pueden resolverse por la vía del habeas corpus".
- La Cámara concluyó que, en este caso, no se evidencian hechos que configuren una ilegalidad manifiesta o arbitrariedad que habilite la procedencia del recurso, confirmando así la resolución de rechazo in límine de la acción.
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