SANCHEZ (EN REPRESENTACION DE SU HIJO MENOR), ANSELMO ALEJANDRO Y OTRO c/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD (IOSFA) s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a IOSFA brindar la cobertura de cuidador domiciliario para un menor con Trastorno del Espectro Autista. La decisión se fundamentó en que no existió arbitrariedad o ilegalidad en la negativa de la obra social, y que la medida cautelar no tornó abstracta la cuestión de fondo.
- Actor: Anselmo Alejandro Alberto Sánchez, en representación de su hijo menor S. S. S.
- Demandado: Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA)
- Objeto de la demanda: Ordenar a IOSFA brindar la cobertura de cuidador domiciliario 30 horas semanales, de marzo a diciembre de 2025, por prescripción médica, y reintegro de gastos de marzo.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y ordenó la prestación, sosteniendo que la negativa de la obra social no fue arbitraria ni ilegal, y que se acreditó la necesidad del menor. La causa no fue declarada abstracta, dado que la cautelar no hizo innecesaria la resolución del fondo.
- Fundamentos principales:
La cautelar fue una anticipación de tutela, prevista en la jurisprudencia de la Corte Suprema, y no tornó abstracta la cuestión de fondo.
La necesidad del cuidador domiciliario fue debidamente acreditada y la negativa de la obra social careció de fundamentos suficientes.
La obra social no puede evaluar la conveniencia de la prestación cuando la misma está justificada por el médico.
La negativa constituye una restricción manifiesta de derechos, sin respaldo normativo válido, por lo que procede el amparo.
Las costas se imponen a la parte demandada, y los honorarios del letrado del actor se confirman en 6,6 UMA (pesos 490.881).
La apelación de IOSFA fue rechazada y se confirma la sentencia de primera instancia.
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