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MAROCCHI, JORGE NORBERTO -SALUD c/ OBRA SOCIAL DE ARBITROS DEPORTIVOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTRO s/PRESTACIONES MEDICAS

Amparo por continuidad de cobertura médico-asistencial y reafiliación tras el acceso a la jubilación. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia apelada, ordenando la reafiliación y continuidad de la cobertura, la transferencia mensual de aportes por parte de ANSeS y la imposición de costas a la recurrente, además de confirmar los honorarios regulados a la abogada de la actora.

Amparo Continuidad de cobertura Medicina prepaga Ley 26.682 Resolucion 163/2018 sss Transferencia de aportes anses Reafiliacion Costas Honorarios (uma) Medicus s.a.


¿Quién es el actor?

Jorge Norberto Marocchi.
- Demandados: Obra Social de Árbitros Deportivos de la República Argentina (OSADRA) y Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científica.
- Objeto de la demanda: Acción de amparo con medida cautelar para obtener la continuidad de la cobertura médico-asistencial y la reafiliación de la afiliación del actor y su cónyuge en las condiciones previas a su beneficio jubilatorio (mantener plan, antigüedad, quita de IVA y sin aumento por rango etario ni por situación de salud). Se pidió asimismo la transferencia de aportes por parte de ANSeS.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia del 23/08/2024 en cuanto fue materia de agravios; se condenó en costas a la recurrente en alzada; y se confirmaron los honorarios regulados a la Dra. Mariela Ester Corti (20 UMA = $1.487.520) y se fijaron por la Alzada 7 UMA = $520.632 a cargo de Medicus S.A., con las adiciones previstas legalmente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "De esta forma, teniéndose presente lo establecido por esta Alzada en diversos precedentes, corresponde confirmar el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios por parte de MEDICUS S.A." "En esta inteligencia, cabe ponderar que la parte actora ante la situación descripta efectuó un reclamo extrajudicial manifestando su expresa voluntad de continuar afiliado a las accionadas -en los términos de la Resolución 163/2018 respecto de MEDICUS
- con la respectiva derivación de sus aportes y que frente al riesgo que ello implicaba para su salud, se vio obligado a promover la presente acción, en la cual resultó esencialmente vencedor." "Por todo lo expuesto, este Tribunal RESUELVE: 1) CONFIRMAR la sentencia del 23/08/2024, en cuanto fue materia de agravios; con costas de Alzada a la recurrente vencida. 2) Teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, su carencia de contenido ecónomico, mérito, calidad y eficacia de la labor profesional desarrollada, corresponde CONFIRMAR los honorarios regulados en favor de la Dra. Mariela Ester Corti..."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto de la parte resolutiva; la decisión consignada es la del acuerdo mayoritario.

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