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W., N. S. c/ ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara de Apelación confirmó la sentencia que ordenó la cobertura del estudio Oncotype por parte de la obra social, considerando que la indicación médica y los informes científicos avalan su necesidad, pese a no estar incluido en el PMO. La decisión se fundamenta en la relevancia clínica y la opinión del profesional tratante, en línea con la jurisprudencia y normativa vigente.

Recurso de apelacion Cobertura de estudios Oncoplastica Amparo Normativa sanitaria Obligacion de cobertura Estudio genomico Salud Jurisprudencia Sistema de salud argentino.


- La actora, N. S. W., demandó a Sancor Salud para que le cubra el estudio Oncotype, prescrito por su médico oncólogo, en el contexto de un cáncer de mama.
- La demandada argumentó que el estudio no está incluido en el PMO y que no debe ser cubierto, además de señalar que no hay prueba de que su conducta afecte derechos constitucionales.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo, ordenando la cobertura del estudio, considerando: la prescripción médica, la utilidad del estudio para definir el tratamiento, la urgencia y la normativa que respalda la cobertura de prácticas no incluidas en el PMO en casos específicos.
- La Cámara confirmó la sentencia, resaltando que la indicación médica y los informes del Cuerpo Médico Forense avalan la necesidad del estudio, y que la negativa de la obra social resulta arbitraria, por lo cual se mantiene la obligación de cubrir el procedimiento.
- La jurisprudencia citada y las normativas del Ministerio de Salud sustentan que el hecho de que un estudio no esté en el PMO no exime a la obra social de su obligación de cobertura si su indicación clínica es adecuada y fundamentada.

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