A., E. A. c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal confirma la sentencia que hizo lugar a la amparo, ordenando la cobertura integral del tratamiento oncológico solicitado por la actora, rechazando los agravios de la demandada y sosteniendo que la negativa de la obra social vulnera derechos constitucionales y tratados internacionales.
- La actora, una mujer de 70 años con diagnóstico de mesotelioma maligno, demanda al INSSJP por la negativa a cubrir un tratamiento con Nivolumab e Ipilimumab, solicitado por su médico tratante.
- La demandada argumenta que la negativa se basa en que la medicación solo está autorizada en primera línea y que no hay evidencia científica que respalde su uso en pacientes sin PDL1 positivo.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción, considerando que el tratamiento solicitado era adecuado y que la negativa vulneraba el derecho a la salud.
- La Cámara ratifica la decisión y rechaza los agravios de la demandada, resaltando la evidencia pericial y la normativa vigente que obliga a proveer tratamientos oncológicos aprobados por protocolos nacionales, en particular en casos de enfermedades graves.
- La Cámara destaca que la resolución del Cuerpo Médico Forense indica que la inmunoterapia no requiere evaluación del estatus de PD-L1 y que la combinación de drogas es una segunda línea aceptable tras quimioterapia.
- Se confirma la obligación del INSSJP de cubrir el tratamiento, en línea con la normativa sobre medicamentos oncológicos y derechos constitucionales y tratados internacionales, como el Pacto de San José y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
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