MORINIGO, IRENE NOEMI c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado y estableció que la indemnización por incapacidad laboral derivada del accidente del 23/11/2021 debe actualizarse según el decreto 669/19 y una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación, rechazando las resoluciones reglamentarias que alteraban dicho cálculo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Irene Noemí Morinigo, apeló la sentencia que condenó a Asociart ART S.A. a pagarle $181.598,68 por incapacidad física del 3% relacionada con un accidente laboral ocurrido el 23/11/2021. La jueza de grado consideró acreditada la incapacidad y ordenó el pago con intereses según la ley 27.348. La apelación cuestionó la tasa de interés y la falta de actualización del crédito hasta el pago. La Cámara analizó la normativa aplicable, including el decreto 669/19, y concluyó que el capital debe actualizarse con RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación final, además de aplicar un interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación. Se rechazaron las resoluciones reglamentarias de la SSN que pretendían modificar el cálculo de intereses y actualización, por considerarlas inconstitucionales y fuera del marco de competencia del organismo. La Cámara modificó la sentencia y dispuso la aplicación del decreto 669/19 y una tasa de interés del 6%. También impuso las costas a la demandada y reguló honorarios en relación a las tareas en la instancia anterior y en la presente.
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